Para ser elegible al TPS, usted debe:
- Ser un ciudadano de un país designado al TPS, o una persona sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país designado
- Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción, o cumple con los requisitos de presentación de solicitud tardía durante cualquier extensión de la designación de su país al TPS. (Las personas que solicitan por primera vez y se inscriben de forma tardía deben ver a continuación la sección ‘Presentación de Solicitud Tardía)
- Haber estado presente físicamente de forma continua (CPP) en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país
- Haber residido continuamente (CR) en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país (vea la página web de TPS correspondiente a su país). La ley permite una excepción al requisito de presencia física continua y al de residencia continua, para salidas cortas, casuales e inocentes fuera de Estados Unidos. Cuando usted solicita o se reinscribe a TPS, debe informar a USCIS de todas sus ausencias de Estados Unidos desde las fechas de CPP y CR. USCIS determinará si la excepción corresponde en su caso.
Usted NO será elegible al TPS o para mantener su TPS actual si:
- Ha sido condenado por algún delito o dos o más delitos menores cometidos en Estados Unidos
- Es encontrado inadmisible como inmigrante bajo las causales correspondientes en la sección 212(a) de INA, incluyendo las causales criminales o relacionadas a la seguridad para las cuales no existe exención
- Está sujeto a cualquiera de los impedimentos reglamentarios para asilo. Estos incluyen, pero no están limitados a, participar en la persecución de otra persona o incurrir o iniciar actividad terrorista
- No cumplir con los requisitos de presencia física continua o residencia continua en Estados Unidos; o
- Si se le concede TPS, no reinscribirse al TPS según se le requiere, sin tener causa justificada para ello.
